Transporte de armas de fuego y municiones
Puede transportar armas de fuego descargadas en un contenedor cerrado con paredes rígidas únicamente como equipaje facturado. Declare el arma de fuego y/o municiones a la aerolínea cuando registre su equipaje en el mostrador de boletos. El contenedor debe proteger completamente el arma de fuego para que no se pueda acceder a ella. No se permiten cajas cerradas que se puedan abrir fácilmente. Tenga en cuenta que el contenedor en el que se encontraba el arma de fuego cuando la compró puede no asegurar adecuadamente el arma de fuego cuando se transporta en el equipaje facturado.
Comuníquese con AskTSA o el Centro de contacto de la TSA si tiene preguntas sobre las regulaciones de armas de fuego de la TSA y para obtener aclaraciones sobre lo que puede o no puede transportar en su equipaje de mano o facturado.
Código de los Estados Unidos, Título 18, Parte 1, Capítulo 44, las definiciones de armas de fuego incluyen: cualquier arma (incluida una pistola de arranque) que, o esté diseñada para, o pueda convertirse fácilmente para expulsar un proyectil por la acción de un explosivo; el marco o receptor de cualquier arma de este tipo; cualquier silenciador de arma de fuego o silenciador de arma de fuego; y cualquier dispositivo destructivo. Tal como se define en 49 CFR 1540.5, un arma de fuego cargada tiene una munición real, o cualquier componente de la misma, en la recámara o cilindro o en un cargador insertado en el arma de fuego.
Lea las pautas para los agentes de la ley que vuelan armados.